Compensación por copia privada

APLICACIÓN EN ORANGE DE LA NORMATIVA SOBRE COMPENSACIÓN EQUITATIVA POR COPIA PRIVADA

Desde el 1 de agosto de 2017, las ventas o cesiones de dispositivos que permitan reproducir libros, audiolibros, revistas, música o vídeos, están sujetos con carácter general al pago de una compensación equitativa por copia privada, salvo por las excepciones que se indican más adelante.

A partir del 1 de julio de 2023, dichos importes se han actualizado conforme al RD 209/2023.

¿Qué es la compensación de copia privada?

Hoy en día existen múltiples dispositivos que nos permiten guardar copias de libros, audiolibros, revistas, música o vídeos para fines privados. Cada vez que se realiza una copia de este tipo, se produce un perjuicio para los titulares de los derechos de propiedad intelectual, que dejan de percibir una remuneración por dicha copia. Para compensar por los posibles daños causados a estos titulares, se aplica una compensación equitativa por copia privada (conocido también como “canon digital”), estableciéndose desde 2017 la obligatoriedad del pago de un importe único por tipo de dispositivo, importe éste que se revisa periódicamente, siendo la última revisión del año 2023.

¿Cuál es el importe de la compensación por copia privada?

De acuerdo con la normativa actual, se ha de aplicar la siguiente compensación en función del tipo de dispositivo:

Tipo de equipo, aparato o soporte material

Cuantía

Tablet Android / IOS / HarmonyOS hasta 32 GB.

3,75 €

Tablet Android / IOS / HarmonyOS de 32,01 GB hasta 64 GB.

3,75 €

Tablet Android / IOS / HarmonyOS más de 64,01 GB.

3,75 €

Teléfono inteligente Android / IOS / HarmonyOS hasta 64 GB.

3,25 €

Teléfono inteligente Android / IOS / HarmonyOS de 64,01 GB a 128 GB.

3,25 €

Teléfono inteligente Android / IOS / HarmonyOS más de 128,01 GB.

3,25 €

Reloj inteligente Android Wear OS / IOS multimedia.

2,50 €

PC Sobremesa y portátil hasta 1 TB.

5,33 €

PC Sobremesa y portátil de 1,01 TB hasta 6 TB.

5,33 €

PC Sobremesa y portátil más de 6,01 TB.

5,33 €

HDD para integrar hasta 1 TB.

0,90 €

HDD para integrar de 1,01 TB hasta 6 TB.

1,50 €

HDD para integrar más de 6,01 TB.

3,00 €

SSD para integrar hasta 256 GB.

0,90 €

SDD para integrar de 256,01 GB hasta 1 TB.

1,50 €

SSD para integrar más de 1,01 TB.

3,00 €

Equipo con disco integrado hasta 1 TB.

3,00 €

Equipo con disco integrado de 1,01 TB hasta 6 TB.

4,00 €

Equipo con disco integrado más de 6,01 TB.

5,00 €

Equipo multifunción de reprografía hasta 39 copias.

5,25 €

Equipo multifunción de reprografía más de 39 copias.

5,25 €

Impresora mono-función hasta 39 copias.

4,00 €

Impresora mono-función más de 39 copias.

0 €

Scanner con pantalla de exposición hasta 29 ppm.

3,00 €

Scanner de mano.

3,00 €

Disco duro periférico HDD hasta 6 TB.

4,00 €

Disco duro periférico HDD más de 6,01 TB.

6,45 €

Disco estado sólido periférico SSD hasta 1 TB.

4,00 €

Disco estado sólido periférico SSD más de 1,01 TB.

6,45 €

Tarjeta Memoria hasta 64 GB.

0,24 €

Tarjeta Memoria más de 64,01 GB.

0,24 €

Memoria USB hasta 64 GB.

0,24 €

Memoria USB más de 64,01 GB.

0,24 €

Reproductor MP3-MP4.

3,15 €

Teléfono móvil no inteligente con función MP3.

1,10 €

Libro Electrónico monofunción.

2,00 €

Libro Electrónico multimedia.

3,15 €

CD grabable y regrabable.

0,08 €

DVD / Blu-Ray grabable y regrabable.

0,21 €

Grabadora externa y para integrar CD-DVD.

1,00 €

Estas cantidades deberán ser abonadas por el Cliente en el momento en que realice el acto comercial, con independencia de si se trata de una compra, cesión o alquiler del Dispositivo o si se trata de un Dispositivo nuevo o de ocasión.

¿Está repercutiendo Orange la compensación por copia privada en todas las operaciones de venta o cesión de uso de dispositivos?

Desde 2017, la compensación por copia privada se incluye en todas las operaciones de venta o cesión con clientes particulares, asumiendo Orange dicha compensación únicamente cuando el precio final a pagar por el dispositivo sea de 0€.

Asimismo, y como atención comercial, Orange continuará asumiendo hasta nueva comunicación el importe de la compensación por copia privada en las ventas y cesiones de uso de dispositivos a clientes autónomos y empresas.

¿Hay alguna venta o cesión exceptuada del pago de la compensación?

Con carácter general, la compensación por copia privada se aplica a los dispositivos que se destinan para uso privado, no profesional ni empresarial.

Para evitar que nuestros clientes autónomos o empresas tengan que soportar los trámites para hacer efectiva esa exclusión, Orange asume la compensación por copia privada.

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